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Órganos Administrativos

Congreso de los diputados

España es, desde 1978, una democracia cuya máxima representación es la Corona Española. Los tres poderes de la Nación, el ejecutivo, el legislativo y el judicial, se asientan sobre instituciones clave con funciones muy delimitadas.

La Constitución Española es la norma fundamental de organización política de la Nación española. Aprobada por los españoles en referéndum celebrado el 6 de diciembre de 1978, entró en vigor el 29 de diciembre de ese mismo año. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. La propia Constitución es fruto del consenso entre todas las fuerzas políticas que la elaboraron. La Carta Magna incorpora un cuadro de derechos fundamentales y libertades públicas de todos los ciudadanos, con garantía reforzada y con tutela efectiva ante los Tribunales ordinarios o en amparo ante el Tribunal Constitucional. De este modo, el sistema político español dejó de sostenerse en los poderes excepcionales atribuidos hasta entonces a Francisco Franco, convirtiéndose en una monarquía parlamentaria, en la que la soberanía reside en el pueblo. La Corona Española es la máxima institución, que ostenta el rey, que es, al tiempo, Jefe del Estado. El Rey arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales y ejerce las funciones que le atribuyen la Constitución y las leyes. La Constitución consagra el principio de separación de los poderes del Estado en tres: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El poder legislativo corresponde a las Cortes Generales que, además, ejercen control sobre la acción del Gobierno (poder ejecutivo) y aprueban los Presupuestos del Estado. Están compuestas por dos cámaras: Congreso de los Diputados y Senado. El presidente del Gobierno es propuesto por el Rey y elegido tras la renovación de las Cortes. El Tribunal Constitucional es el encargado de velar por la constitucionalidad de las leyes y de resolver los conflictos que se planteen entre las Comunidades Autónomas y el Estado. La Constitución de 1978 marcó la ruptura con un modelo de organización territorial centralizado y ha supuesto, en tan solo 20 años, un continuado e importante traspaso de competencias desde la Administración General del Estado en favor de las Comunidades Autónomas que ha convertido a España en uno de los países más descentralizados de Europa. Con esta nueva configuración del Estado, los españoles hemos encontrado una fórmula propia y singular capaz de asegurar la unidad de nuestra Nación creando a la vez un cauce para que todas las diversidades políticas, sociales y culturales que enriquecen nuestra realidad histórica se pudieran desarrollar armónicamente. La organización territorial muestra una división provincial y otra, superior, en Comunidades Autónomas, las cuales adquieren una serie de competencias que varían de unas comunidades a otras. Actualmente existen 17 Comunidades Autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla - La Mancha, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja y Valencia. Además, Ceuta y Melilla se constituyen en dos ciudades con Estatuto de Autonomía. Las Comunidades Autónomas tienen como piezas esenciales de su organización un Parlamento y un Gobierno autonómico. Además del Estado y las Comunidades Autónomas, la tercera Administración Pública con autonomía para la gestión de sus propios intereses recogida en la Constitución, es la Administración local. Actualmente, existen en España 50 provincias y 8.116 municipios. La Constitución española establece que los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son el instrumento fundamental para la participación política. Los principales partidos políticos que existen actualmente en España son el Partido Popular, Partido Socialista Obrero Español, Izquierda Unida y diversos partidos nacionalistas de gran relevancia en la actualidad política diaria, tales como el Partido Nacionalista Vasco, ERC, Convergència i Unió o el Bloque Nacionalista Galego. Asimismo, la Constitución española reconoce y garantiza el derecho a la libertad sindical y a la libre afiliación a un sindicato, el derecho a la negociación colectiva laboral entre representantes de los trabajadores y los empresarios y el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses en la organización sindical. En España destacan la Unión General de Trabajadores, la Confederación Sindical de Comisiones Obreras y la Unión Sindical Obrera.

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